El Plan de Igualdad de una empresa es el conjunto de medidas que debe adoptar una empresa para alcanzar la igualdad de trato y de oportunidades entre hombres y mujeres y así eliminar la discriminación por razón de sexo, tal y como recoge la Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres.
Con la aprobación y publicación con fecha 7 de marzo de 2019 en el BOE núm. 57 del Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación se modifica el apartado 2 del artículo 46 de la Ley Orgánica 3/2007, que determina que “con carácter previo se elaborará un diagnostico negociado, en su caso, con la representación legal de las personas trabajadoras, que contendrá al menos las siguientes materias:
- a) Proceso de selección y contratación.
- b) Clasificación profesional.
- c) Formación.
- d) Promoción profesional.
- e) Condiciones de trabajo, incluida la auditoría salarial entre mujeres y hombres.
- f) Ejercicio corresponsable de los derechos de la vida personal, familiar y laboral.
- g) Infrarrepresentación femenina.
- h) Retribuciones.
- i) Prevención del acoso sexual y por razón de sexo.”
Con la entrada en vigor del Real Decreto-Ley 6/2019 es obligatorio contar con un plan de igualdad en las empresas con plantillas superiores a los 50 trabajadores, si bien conforme a la Disposición transitoria décima segunda existen diferentes periodos transitorios que se aplicarán de forma paulatina en función del número de trabajadores de una empresa, por lo que los plazos para implementarlo son los siguientes:
- Las empresas de entre 151 y 250 personas trabajadoras tienen hasta el 7 de marzo de 2020 para la aprobación de los planes de igualdad.
- Las empresas de entre 101 y 150 personas trabajadoras tienen hasta el 7 de marzo de 2021.
- Las empresas de entre 50 y 100 personas trabajadoras tienen hasta el 7 de marzo de 2022.
La elaboración de un plan de igualdad en la empresa se requieren los siguientes pasos:
- Diagnóstico. El diagnóstico es un análisis detallado de la estructura organizativa de la empresa que permita conocer cuál es la situación sobre la igualdad entre mujeres y hombres y tendrá como finalidad detectar las carencias o desequilibrios existentes, para lograrlo se necesita la colaboración de los trabajadores y trabajadoras y la participación de los representantes de los trabajadores, teniendo en cuenta las características de la plantilla, su edad, sexo, antigüedad, responsabilidades profesionales, la promoción interna, las condiciones de trabajo…, con ello se formulará un informe que tendrá un conocimiento de la situación de los empleados de la empresa y en el que se tendrán en cuenta las carencias que puedan existir en material de igualdad de género. En este sentido, si vosotros no estáis capacitados para hacer este trabajo, nosotros os recomendamos que contéis con HiJob, una empresa consultora de recursos humanos en Madrid Sur, cuya principal actividad es la selección de personal de diferentes sectores, especialmente de perfiles medios y técnicos, optimizando así los recursos de la empresa y los trabajadores.
- Programación. Una vez elaborado el diagnóstico, se definen los objetivos o acciones concretas en un calendario, primero a largo plazo y luego a corto plazo.
- Implementación. Es el momento en el que se ponen en práctica las acciones concretas de la fase anterior.
- Evaluación. Se realizará un seguimiento periódico para analizar los resultados de la implementación del plan, así como corregir y mejorar aquellas acciones que el plan requiera.
Las empresas están obligadas a inscribir su plan de igualdad en el Registro de Planes de Igualdad de las Empresas, que se crea como parte de los Registros de Convenios y acuerdos colectivos de Trabajo dependientes de la Dirección General de Trabajo del Ministerio de Trabajo, Migraciones y Seguridad Social y de las autoridades laborales de las Comunidades Autónomas.
Conciliación laboral
Cada vez más las empresas son conscientes que el bienestar de sus trabajadores está directamente relacionado con el aumento de la productividad y por tanto con el beneficio económico de la empresa, por lo que poco a poco incorporan la conciliación como un valor en alza, conciliar el trabajo con la vida familiar y personal, mejora las relaciones laborales, reduce el absentismo laboral, los niveles de estrés… Conciliar no supone, en ningún caso, trabajar menos, sino de una manera distinta a la que estamos acostumbrados, por ejemplo:
- Flexibilizando los horarios de entrada y salida.
- Facilitar el teletrabajo.
- Permitir adecuar las horas de trabajo a las necesidades familiares y personales.