Si alguna vez has necesitado una escritura de una vivienda que estaba perdida te habrás dado cuenta de lo difícil que es. Las escrituras de las viviendas no sirven para probar que una vivienda es propiedad de una o varias personas y en qué porcentaje. Perder este documento supone ir al notario que la otorgó para hacer una copia, pero en el caso que éste se haya jubilado podemos entrar en una vorágine de la que cuesta tiempo y dinero salir.
Los notarios son los fedatarios públicos de nuestra sociedad, aquellos capaces de dar fe de que los documentos privados que tienen importancia para el resto de la sociedad. Esta figura lleva entre nosotros desde el siglo VI DC por obra del emperador bizantino Justiniano Iº, tal y como cuenta Eduardo Bautista en “Falencia conceptual de la calificacion del notario como funcionario público”
Pero desde que el emperador Justiniano estableciera la figura del notario, se le han otorgado funciones que en principio corresponden a jueces u otro tipo de funcionarios. Esto se ha hecho precisamente para descargar a los organismos públicos de trabajo, en contra de las críticas que se han hecho respecto a una posible privatización de los servicios que presta la Administración.
Este nuevo reparto viene a raíz de la Ley de Jurisdicción voluntaria que entró en vigor en julio de 2015. A partir de esta ley es posible casarse, divorciarse (cuando no hay hijos y el divorcio es de mutuo acuerdo) y incluso realizar declaraciones de herederos abintestato (sin herederos) a parientes colaterales.
Ahora más que nunca vamos a necesitar tener cerca a un notario de confianza para realizar trámites de manera rápida, y también más baratas de lo que sería acudir a un juzgado. Un ejemplo de notaria de confianza, por su dilatada experiencia, es Alicia Velarde que dirige la Notaría Tarancón, una notaría que ofrece todo tipo de servicios notariales, asesoramiento y redacción de documentos públicos con la garantía de una atención personalizada y un amplio bagaje formativo y profesional.
Pero si hablamos de cifras, es necesario ver cómo ha acogido la sociedad las nuevas funciones que han acogido los notarios. Y es que como mera introducción, los notarios han realizado más de 47.000 actos de jurisdicción voluntaria respecto a la anterior Ley de Jurisdicción Voluntaria.
Datos sobre las nuevas funciones de los notarios
Los notarios españoles han realizado durante los dos primeros años de vigor de la Ley de Jurisdicción Voluntaria más de 47.000 actos jurídicos sobre las nuevas materias en las que tienen competencia, lo que ha ayudado a descargar a los jueces de asuntos no contenciosos en los que su intervención no era necesaria.
Del conjunto de nuevos actos de jurisdicción voluntaria realizados por los notarios, el 64% corresponde al segundo ejercicio de vigencia de la Ley, y suponen un incremento del 80% con respecto a los llevados a cabo durante el primer año. Además de los actos más conocidos, como la celebración de matrimonios, separaciones o divorcios, los españoles han comenzado a acudir a los notarios para realizar declaraciones de herederos abintestato (sin testamento) si son herederos colaterales, para reclamar deudas, o para realizar el inventario antes de decidir si aceptan o renuncian a una herencia, entre otros casos.
Una de las novedades más conocidas que ha introducido esta ley ha sido la posibilidad de casarse, separarse o divorciarse ante notario. De hecho, la celebración de matrimonios (13.166) y de divorcios o separaciones (10.676) aglutinan la mitad de los nuevos actos de jurisdicción voluntaria realizados en este periodo. Así, más de 23.000 parejas han acudido a un notario para contraer matrimonio, separarse o divorciarse (siempre que los cónyuges estén de acuerdo y no haya hijos menores a su cargo).
En el caso de los divorcios, además, el notario, al igual que hacía el juez, comprueba que el convenio regulador de la suspensión de la vida en común acordado por las partes se atiene a derecho y es equitativo para los dos miembros de la pareja, es decir, que no incluye aspectos que discriminen a uno de ellos, y lo incorpora y protocoliza dentro de la escritura pública de divorcio.
Según comenta D. José Ángel Martínez Sanchiz, presidente del Consejo General del Notariado, en el periódico Expansión, “»Los datos demuestran la consolidación de esta ley y que cada vez son más los ciudadanos que acuden a los notarios para resolver este tipo de situaciones no contenciosas, porque podemos encontrar solución a sus demandas con gran agilidad y seguridad jurídica”